Condiciones
- Renta acorde al estamento Administrativo grado 19º de la E.U.S.
- La renta bruta expresada incluye: Decreto Ley N°3.501, Asignación sustitutiva Art. 18 Ley N°19.185, Art. 3 Ley N° 18.566 y Art 10 Ley N°18.675.
- Adicionalmente el grado está sujeto a las bonificaciones del artículo N°4 y Artículo N° 5 de la Ley N°19.940, previo cumplimiento a requisitos normativos de estos.
- Se hace presente que las contratas duran como máximo, hasta el 31 de diciembre de cada año y las personas que los sirvan expiran en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que se proponga una prórroga con, a lo menos, treinta días de anticipación.
Objetivo del cargo
Lograr el cumplimiento de las acciones planificadas por el Ministerio de Salud en lo relacionado a la tramitación correcta y oportuna de las licencias médicas Fonasa e Isapre, y de otros procesos administrativos de COMPIN. Planificación y organización de la carga laboral, gestión interna y participación directa en las funciones operativas de la Institución.
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Funciones del Cargo
- Participar en la recepción de licencias médicas desde instituciones públicas, empleadores privados y cajas de compensación.
- Ingresar y despachar licencias médicas Fonasa a través del sistema informático implementado para ello.
- Revisar la documentación adjunta de las licencias médicas, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente.
- Preparar licencias médicas para revisión de contraloría médica con la finalidad que puedan ser pronunciadas en los plazos legales y con los requisitos pertinentes.
- Atención de público de licencias médicas u otros trámites de COMPIN. Orientación al público solicitante respecto de los requisitos, documentación, procedimiento y finalidad.
- Recibir y derivar apelaciones por licencias médicas de Fonasa y/o Isapre
- Enviar resoluciones y oficios para confirmar a los usuarios de licencias médicas su rechazo, disminución o solicitud de informes médicos o peritajes.
- Orientar a usuarios en temáticas y procedimientos relativos a beneficios sociales que se tramitan en la institución
- Atender los requerimientos de gestión e información solicitados desde la Coordinación Administrativa y Presidencia de COMPIN.
- Desempeñar otras funciones encomendadas por la jefatura, dentro de su ámbito de responsabilidad.
- Cumplir las políticas y procedimientos de seguridad de la información vigentes en la institución, actuando acorde a los mismos, conocien las implicancias de las acciones propias y del equipo en el acceso y uso de la información, y reportando posibles eventos de riesgos.
Perfil de la Función
Los siguientes elementos componen el Perfil de la Función y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Formación Educacional
1) Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
Los/as postulantes que reúnan los requisitos, deberán remitir sus antecedentes mediante la siguiente modalidad:
Anexo N°1: Currículum Vitae
Anexo Nº2: Certificados de experiencia laboral (Certificado que acredite funciones desempeñadas, según formato)
Anexo N°3: Capacitaciones realizadas en referencia al área de licencias médicas, seguridad social, atención de público, Microsoft Office.
Anexo N°4: Copia certificado enseñanza media y/o título técnico.
Será facultad de la Comisión de Selección desestimar de plano antecedentes de postulantes/as que no cumplieran con los requisitos obligatorios solicitados, otorgándole puntaje sólo a los/as postulantes que cumplan con los mismos.
Especialización y/o Capacitación
- Herramientas Microsoft Office.
- Estatuto Administrativo
- Atención de Usuario
Experiencia sector público / sector privado
No requiere experiencia en el sector público.
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Contexto del cargo
Desempeño en subsecretaria de salud publica en Compin Antofagasta. Cumpliendo labores administrativas
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
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Requisitos Específicos
Estamento Administrativo
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
Grados 13 a 25
Licencia de Enseñanza Media o equivalente.
- De acuerdo al Artículo cuarto transitorio del D.F.L. 5 del Ministerio de Salud: “Los requisitos establecidos para el personal de las respectivas plantas no serán exigibles para el encasillamiento y promoción, a los funcionarios que a la fecha de disponerse su traspaso, ocupaban un cargo en calidad de titular en la Subsecretaría de Salud o en los Servicios de Salud.
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano(a) o extranjero poseedor de permiso de residencia;
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54 y 56 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
Etapas de Selección
PRIMERA FASE: Evaluación de Antecedentes Curriculares Educacionales y Laborales
En esta fase, se procederá a evaluar el cumplimiento de los antecedentes curriculares considerada deseable para el cargo. Será facultad de la Comisión de Selección desestimar de plano antecedentes de postulantes/as que no cumplieran con los requisitos obligatorios solicitados, otorgándole puntaje sólo a los/as postulantes que cumplan con los mismos.
Como resultado de esta fase, pasarán a la siguiente, un máximo de 05 postulantes que cumplan con los requisitos exigidos en la Evaluación de los Antecedentes Curriculares.
SEGUNDA FASE: Evaluación Psicolaboral
En esta fase, se evaluará la adecuación de los/as candidatos/as que conforman la nómina seleccionada en la fase anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación psicolaboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo.
El proceso de Evaluación psicolaboral se llevará a cabo en la Ciudad de Antofagasta o en caso contrario se aplicará en modalidad de entrevista online dependiendo de los recursos disponibles. Se considerará que los/as postulantes al cargo, al presentar sus antecedentes al proceso, se encuentran en conocimiento de este punto y asumen los gastos del traslado y tiempo que impliquen las citaciones a esta fase de evaluación.
En caso de que se aplique una evaluación psicolaboral de forma online, se asumirá que cada postulante cuenta con las herramientas tecnológicas necesarias para la correcta aplicación de la entrevista psicolaboral online. La convocatoria a esta modalidad de entrevista será exclusivamente vía correo electrónico y se esperará confirmación hasta 24 Horas antes de la fecha y horario de la entrevista, de lo contrario, se entenderá que el postulante desiste del proceso de selección.
Accederán a la Tercera Fase, los/as postulantes evaluados como “Recomendables” y/o “Recomendables con observaciones”
TERCERA FASE: Entrevista de Valoración Global y Definición de la Terna
La fase de valoración global consiste en la realización de una entrevista, efectuada por la Comisión de Selección, la cual evaluará las aptitudes generales para el cargo, las que comprenden el conjunto de competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad establecidas como convenientes y aconsejables, de acuerdo con las exigencias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que tendrá asignadas. Pretende identificar las habilidades, conocimientos y competencias, de acuerdo con el perfil de cargo.
Esta entrevista de valorización se llevará a cabo en la Ciudad de Antofagasta. Se considerará que los/as postulantes al cargo, al presentar sus antecedentes al proceso, se encuentran en conocimiento de este punto y asumen los gastos del traslado y tiempo que impliquen las citaciones a esta fase de evaluación.
Cada uno de los/as integrantes de la Comisión calificará a cada uno de los/as entrevistados/as individualmente, asignándoles puntajes entre los 10 y 70 puntos. Se promediará la sumatoria de las notas obtenidas, individualmente, por el número de evaluadores presentes. Finalmente, los tres mejores puntajes conformarán la terna que pase a la definición y nombramiento por parte del/la Sr./a Secretario(a) Regional